Casación No. 512-2010

Sentencia del 5/08/2011

“...esta Cámara estima que no es procedente acoger el submotivo invocado [interpretación errónea de la ley], por las razones siguientes: la literal b) del artículo 39 del Impuesto Sobre la Renta regula dos presupuestos para la improcedencia de la deducibilidad de gastos o costos de la renta bruta, el primero de ellos (...) mientras que el segundo supuesto regulado hace referencia a los costos o gastos que no correspondan al período anual de imposición que se liquida, siendo éste el aplicable al caso de mérito. La Sala sentenciadora al indicar que los gastos por adquisición de activos fijos se llevaron a cabo en los años mil novecientos noventa y nueve y dos mil y que fueron capitalizados hasta el dos mil uno, lo realiza al tenor de los medios de prueba que obraban en el proceso, y si bien es cierto que la literal citada no indica expresamente el momento o forma en la que deben registrarse las operaciones contables, esto no es óbice para que la Sala determinara que los gastos fueron efectuados en un período anual de imposición diferente al del cual fueron liquidados, concurriendo así la improcedencia de la deducción de dichos gastos a la renta bruta, por lo que la interpretación del inciso del artículo que se estima infringido fue realizada de forma correcta...”